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viernes, 24 de julio de 2009

TAREA Nº 1

SE PODRÁ IMPEDIR EL ACCESO A UNA WEB SIN INTERVENCIÓN JUDICIAL

Critican el bloqueo francés a la pornografía infantil por poner en riesgo la libertad de expresión.

Las asociaciones de internautas ven "peligroso" para la libertad de expresión y "difícil de llevar a la práctica" el acuerdo alcanzado por el Estado francés y los operadores de acceso a Internet para elaborar una lista negra de sitios web con pornografía infantil a las que los internautas franceses no podrán acceder.
Según el acuerdo alcanzado, será el Estado quien asuma la responsabilidad de informar a los proveedores de acceso a internet del contenido de pornografía infantil a través de una plataforma de descripción gestionada por la Oficina central de lucha contra la criminalidad vinculada a las tecnologías de la información y la comunicación.

Por un lado, en declaraciones a Europa Press, el presidente de la Asociación de Internautas, Víctor Domingo, afirmó que "tienen que ser los jueces" los que decidan sobre la ilicitud de los contenidos de una página web y afirmó que sería "peligroso" para la libertad de expresión que el Estado francés creara "una institución paralela a la Justicia".

En este sentido, Domingo subrayó que en España la responsabilidad de decidir si los contenidos de una página web son ilegales o no es de los jueces, y lo que hay que procurar es "que la Justicia funcione".

Por el otro lado, el presidente de la Asociación de Usuarios de Internet, Miguel Pérez, defendió cualquier medida dirigida a acabar con la pedofília, pero señaló que, dado el caracter "volátil" de Internet, es una propuesta "difícil de aplicar". Así, señaló que la facilidad con que un internauta puede mover de una página web a otra un contenido concreto, puede llegar a convertir a la iniciativa francesa en una "medida compleja e ineficaz".

Desarrollo

Para la regulación del los delitos cometidos atrás de medios informáticos contamos en nuestro medio con una regulación muy precaria para la inmensidad de delitos por cometer que se producen en este medio. En nuestro código penal la regulación de los delitos informáticos se encuentra reglado en el articulo 147 de la revelación de un secreto intimo, también los hechos punibles que son cometidos contra el patrimonio son también realizados por este medio. El Código de la Niñez y la Adolescencia regula en sus articules 31 y 32 la pornografía infantil que también es muy difundida a través de Internet.

Para plantear esta problemática presentada en la publicación primeramente deberíamos contar en nuestro país con un cuerpo reglado regulador específico de los delitos informáticos, es inevitable que se presente este tipo de conflictos en nuestro medio ya que cada vez más existe un acceso masivo a los medios informáticos y más facilidades para la comisión de los hechos característicos.

Con frecuencia se dan cada vez más casos que requieren tratamiento jurídico con relación a la informática jurídica o derecho informático en nuestro medio. La pornografía infantil es un ejemplo clave así también como las difamaciones y calumnias que se dan con frecuencia en las salas de Chat y comunidades del Orkut y otros sitios en particular.

La liberación del INTERNET podría ser un medio propicio para que la intensificación del control necesario se de en nuestro medio y se pueda llegar realmente a una buena organización para la regulación de los delitos informáticos cometidos con tanta frecuencia.

1 comentario:

  1. es indispensable en esta epoca de inmensa globalizacion que nuestro sistema incorpore la informatica en el menester de sus actividades ya que hoy en dia no existe paises con escasa tecnologia sino con poco uso y participacion..

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